¿Qué hacemos?

Con el objetivo de establecer disposiciones relacionadas con la determinación de las condiciones o requisitos de origen, que debe cumplir una mercancía para considerarse como “originaria” y con ello poder aplicar la preferencia arancelaria negociada.

Este Comité es también el responsable de proponer a la Comisión de Libre Comercio, adecuaciones y modificaciones al Anexo 4.2 como resultado de las enmiendas al Sistema Armonizado (SA) o de la evaluación de una solicitud presentada por una Parte, así como de las modificaciones o interpretación sobre lo dispuesto en el Capítulo 4 y al formato e instructivo del certificado de origen.

Infografías sobre Reglas de Origen

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